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Servicio de información al ciudadano

Escudo de TerorAyuntamiento de Teror

Actividad inocua Imprimir E-Mail
La primera apertura de los establecimientos mercantiles e industriales, el cambio o adición de actividades o de titular, la modificación o ampliación física del local y/o sus instalaciones, así como la utilización de locales como auxilio o complemento de la actividad principal ubicada en otro local, si su actividad está clasificada como inocua (no incluida en el Reglamento de actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas) precisa de licencia de apertura de actividades inocuas
  • Establecimiento comercial
  • Quiosco
  • Despacho profesional

Gestión presencial

Junto con el impreso de solicitud cumplimentado, deberás presentar la documentación correspondiente (copia compulsada o autenticada de cada documento) en el Registro de Entrada del ayuntamiento para su tramitación. Recibirás un duplicado

Documentación

  • Instancia general cumplimentada Descargar Instancia en formato PDF
  • Memoria descriptiva de la actividad en la que además se contenga:
-Plano de situación del local
-Plano de planta del local (a escala 1:50)
-Plano de sección del local (a escala 1:50)
-Fotografía de la fachada del local

  • Certificado por técnico competente y visado por el colegio correspondiente, sobre:
-Medidas de seguridad
-Protección contra incendios
-Estabilidad del local

  • Fotocopia compulsada del documento de propiedad o arrendamiento del local
  • Fotocopia del DNI del promotor

En el caso de sociedades:

  • Escritura de constitución (fotocopia compulsada)
  • DNI del representante
  • Escritura de apoderamiento o autorización al representante (fotocopia compulsada)

Nota: Antes de realizar ningún trámite, se aconseja realizar las consultas necesarias al respecto

En cualquiera de los casos, habrá que aportar también el certificado final de obras

Tramitación

El flujo administrativo es el siguiente:
  1. Se solicita informe técnico municipal para que se clasifique la actividad
  2. Si éste es favorable, se solicita un segundo informe descriptivo de las ordenanzas municipales que afecten a la zona y de si el proyecto las cumple
  3. Se notifica al interesado la resolución favorable o no de la alcaldía en cuanto a la concesión de la licencia de apertura

Coste

Debe abonarse una tasa para los inmuebles de:
- Hasta 50 m²: 210,35 €
- Hasta 100 m²: 450,76 €
- Más de 100 m²: 4,81 € (por cada m²)

Gestión on-line

Gestión onlineLa tramitación on-line de este procedimiento se encuentra actualmente en desarrollo y estará disponible en breve

Requisitos técnicos

Para realizar este procedimiento on-line es necesario:
  • Figurar como usuario. Si aún no lo eres, regístrate ahora
  • Disponer de certificado / firma digital o DNI electrónico
  • Emplear navegadores Firefox 1.5 / 2.0.x o Internet Explorer 6.0 / 7.0
  • Trabajar con sistema operativo Mac Os X, Linux y Windows XP

Documentación

Si debes adjuntar documentación a tu solicitud, ésta te será requerida en el proceso de tramitación

Coste